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Inmigración

Defensa contra Deportación

Representación en corte de inmigración para personas que enfrentan deportación bajo la Sección 240 de la INA.

Los procedimientos de remoción ocurren en corte de inmigración ante un Juez de Inmigración de la Oficina Ejecutiva para Revisión de Inmigración (EOIR). El proceso comienza con un Aviso de Comparecencia (NTA) y termina con una orden final de remoción, una concesión de alivio o terminación. La región del sur de Texas tiene múltiples cortes de inmigración y un atraso medido en años.

Las defensas contra la remoción caen en varias categorías amplias: disputar los cargos en el NTA (el gobierno puede haber cargado la sección equivocada, la base fáctica equivocada, o el caso puede tener jurisdicción incorrecta); buscar alivio de la remoción (cancelación, asilo, ajuste, retención, protección CAT, salida voluntaria); y desafíos procesales. La estrategia correcta depende de la historia e historial de inmigración del individuo.

Los casos detenidos se mueven más rápido que los casos no detenidos, pero la fianza a menudo está disponible. Trabajamos en la fianza desde la primera audiencia de detención, preparando el paquete de lazos comunitarios y equidades que un juez ve, y buscando redeterminación donde la fianza inicial es alta o negada.

Manejamos defensa de remoción en todo el sur de Texas, incluyendo en la Corte de Inmigración de Harlingen y por videoconferencia para clientes en detención. Cada caso se hace a la medida: un residente permanente de largo plazo con una condena penal necesita una defensa diferente que un recién llegado con un miedo creíble de regresar.

Escenarios comunes

Situaciones que vemos a menudo

  • Residente de largo plazo colocado en remoción tras condena estatal

    Un titular de tarjeta verde de muchos años es acusado como deportable basado en una condena estatal. La cancelación de remoción para residentes permanentes (INA 240A(a)) puede estar disponible; el análisis gira en torno a la clasificación de inmigración de la condena.

  • No residente con hijos ciudadanos de EE.UU. buscando cancelación

    10 años de presencia física continua, buen carácter moral y dificultad excepcional y extremadamente inusual para un cónyuge, padre o hijo ciudadano o residente permanente puede apoyar la cancelación de no residente.

  • Caso de asilo basado en persecución en el país de origen

    La persecución pasada o el miedo bien fundado de persecución futura por motivos de raza, religión, nacionalidad, opinión política o grupo social particular puede establecer la elegibilidad para asilo.

  • Reinstauración de una orden de remoción previa

    Un reingreso después de una remoción previa activa la reinstauración bajo INA 241(a)(5). Opciones de alivio limitadas - típicamente retención de remoción o CAT - todavía pueden estar disponibles.

Historias anonimizadas

Ejemplos de la vida real

Cada caso es único. Los detalles se han modificado para proteger la confidencialidad del cliente.

  • Un residente permanente legal de mucho tiempo recibió un Aviso de Comparecencia después de una sola condena por delito menor que el gobierno argumentó era una felonía agravada. Litigamos la cuestión del enfoque categórico en la fase de calendario maestro y presentamos mociones estableciendo que la condena no coincidía con la definición federal genérica.

    Proceso de deportación terminado; estatus LPR preservado.

  • Un cliente recibió una orden de deportación en ausencia después de nunca recibir el aviso en una dirección desactualizada en el expediente. Presentamos Moción para Reabrir bajo INA 240(b)(5)(C)(ii), respaldada por registros de correo y declaración jurada, dentro del plazo estatutario.

    Orden en ausencia rescindida; caso reabierto.

Qué hacer

Si esto le pasa a usted

No falte a ninguna fecha de audiencia. La falta de comparecencia resulta en una orden de remoción in absentia que es muy difícil de deshacer. Si se ha mudado, presente el cambio de dirección EOIR-33 con la corte y con DHS de inmediato.

No firme nada que DHS le entregue en detención sin revisión legal - particularmente cualquier formulario de "remoción estipulada" o "regreso voluntario". Estos cierran opciones que puede no saber que tiene.

Cómo ayudamos

Cómo nuestro despacho puede ayudar

Obtenemos el A-file y los documentos de cargo subyacentes a través de FOIA, evaluamos cada forma disponible de alivio, preparamos y presentamos las solicitudes relevantes (I-589, EOIR-42A, EOIR-42B, I-485 con ajuste en remoción donde sea elegible), y presentamos el caso en la audiencia de méritos.

Para clientes detenidos nos movemos rápido en fianza y estrategia del caso. Para clientes no detenidos usamos el plazo más largo para construir el registro más fuerte posible - condiciones del país para asilo, evidencia de dificultad para cancelación, trabajo post-condena donde podría cambiar el resultado de inmigración.

Evidencia

Qué evidencia necesitaremos

  • El Aviso de Comparecencia (NTA) y cada aviso de EOIR recibido

  • Pasaporte, I-94 y cualquier documento de inmigración previo

  • Disposiciones certificadas completas del expediente criminal de cada arresto

    Aun desestimaciones y adjudicaciones diferidas.

  • Prueba de presencia física

    Contratos de renta, expedientes escolares, declaraciones de impuestos, facturas, expedientes médicos.

  • Actas de nacimiento de familiares ciudadanos de EE.UU.

    Para análisis de dificultad para cancelación de deportación.

  • Evidencia de condiciones del país

    Para asilo, retención de deportación, reclamos bajo CAT.

  • Expedientes médicos y psicológicos que establezcan dificultad

  • Declaraciones juradas de familiares, empleadores, clero, maestros

Advertencia

Qué NO hacer

  • No falte a una audiencia de calendario maestro

    No comparecer ante EOIR resulta en una orden de deportación en ausencia bajo INA 240(b)(5). Reabrir es posible pero agrega meses y requiere cumplir estándares estrictos.

  • No salga del país mientras está en proceso

    La salida puede tratarse como auto-deportación, ejecutando la orden de deportación y activando barras de reingreso.

  • No contrate a un notario para manejar la corte

    Los notarios no pueden presentar mociones, comparecer en calendario maestro ni argumentar supresión. Los casos manejados por notarios rutinariamente se vuelven irrecuperables.

  • No esconda historial criminal de su abogado

    Los abogados de ICE ya tienen el expediente criminal. Las sorpresas destruyen la credibilidad ante el juez de inmigración.

Plazos críticos

Plazos que debe conocer

  • Comparecencia en calendario maestro

    En el NTA

    El NTA indica la fecha y hora. No comparecer típicamente activa una orden de deportación en ausencia.

  • Moción para Reabrir después de orden en ausencia

    180 días (falta de aviso, en cualquier momento)

    INA 240(b)(5)(C) - 180 días para mociones por circunstancias excepcionales; sin límite de tiempo para mociones por falta de aviso si están bien respaldadas.

  • Apelación ante la BIA

    30 días

    30 días calendario desde la decisión del juez de inmigración para presentar Aviso de Apelación ante la Junta de Apelaciones de Inmigración. Se aplica estrictamente.

  • ~3.5 millones

    casos pendientes en las cortes de inmigración de EE.UU. a finales de 2023

    TRAC Immigration, Universidad de Syracuse

  • ~4 años

    tiempo promedio de espera para un caso no detenido en corte de inmigración

    TRAC Immigration

  • ~65

    jueces de inmigración en la región sur de Texas / Houston

    EOIR, AF2023

Preguntas frecuentes

Preguntas sobre Defensa contra Deportación

¿Cuál es la diferencia entre cancelación para residentes y no residentes?

La cancelación de residente requiere 7 años de residencia continua después de admisión legal y 5 años de estatus de residente permanente, sin condenas por felonía agravada. La cancelación de no residente requiere 10 años de presencia física continua, buen carácter moral, sin condenas descalificantes, y dificultad excepcional y extremadamente inusual para un pariente calificado.

¿Puedo salir de la detención mientras mi caso está pendiente?

Para la mayoría de los casos no obligatorios, el juez de inmigración puede fijar una fianza. La detención obligatoria (INA 236(c)) aplica a ciertas condenas penales y otras categorías y cierra la fianza.

¿Qué es la salida voluntaria?

Una forma de salir de EE.UU. sin una orden formal de remoción, que evita la barra de 10 años para regresar. Hay plazos y condiciones estrictos. Se puede otorgar antes de que comience el caso (pre-conclusión) o al final (post-conclusión).

¿Puedo apelar una orden de remoción?

Sí, generalmente a la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) dentro de 30 días de la decisión del juez de inmigración. Algunas decisiones pueden ser revisadas más por las cortes federales de apelaciones.

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