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Cuando ICE toca la puerta: conozca sus derechos

Publicado · 8 de diciembre de 2025

Una guía en lenguaje sencillo para familias del Sur de Texas sobre qué hacer, y qué no hacer, cuando la aplicación migratoria aparece en la puerta, en el trabajo o en una detención de tránsito en la zona fronteriza.

Un toque de la aplicación migratoria es una de las experiencias más aterradoras que puede enfrentar una familia, y en el Valle del Río Grande no es teórico. La Patrulla Fronteriza, ICE Enforcement and Removal Operations (ERO) y Homeland Security Investigations (HSI) operan abiertamente en los condados de Starr, Hidalgo y Cameron. Conocer sus derechos por adelantado, y practicarlos con su familia, es la preparación más útil que puede hacer.

Comencemos por lo que está protegido constitucionalmente. La Cuarta Enmienda lo protege a usted y a su hogar de registros irrazonables. La Quinta Enmienda le da el derecho a no autoincriminarse. La Sexta Enmienda le da el derecho a un abogado cuando se le imputa un cargo. Estos derechos aplican a toda persona físicamente presente en los Estados Unidos sin importar el estatus migratorio. No son "derechos de ciudadano"; son derechos de persona.

Regla uno: no tiene que abrir la puerta. Los agentes de ICE y de la Patrulla Fronteriza sólo pueden entrar a su hogar sin su consentimiento si tienen una orden firmada por un juez federal o estatal. Una "orden de ICE" (Formulario I-200 o I-205) es una orden administrativa firmada por un oficial de inmigración, no por un juez, y no autoriza la entrada a su hogar. Pida a los agentes que pasen cualquier papel por debajo de la puerta para poder leerlo. Si dice "U.S. Department of Justice" y está firmada por un juez, es una orden judicial. Si dice "Department of Homeland Security" y está firmada por un "deportation officer" o un "immigration officer", es administrativa y no autoriza la entrada.

Regla dos: tiene derecho a guardar silencio. No tiene que contestar preguntas sobre dónde nació, cómo entró al país, su estatus migratorio, o si tiene documentos. Puede simplemente decir, en inglés o español, "Estoy ejerciendo mi derecho a guardar silencio. Quiero hablar con un abogado". Repita la misma oración si las preguntas continúan. No mienta y no presente documentos falsos; ambos crean delitos federales separados que son peores que el silencio.

Regla tres: no firme nada antes de hablar con un abogado. El formulario más dañino que ICE ofrecerá en el campo es una "Orden Estipulada de Deportación" o un Formulario I-826 con la casilla "Solicito ser deportado" ya marcada. Firmar esto renuncia a su derecho a una audiencia ante un juez de inmigración, a su derecho a pedir fianza y a cualquier oportunidad de solicitar alivio como cancelación de deportación, asilo o ajuste de estatus a través de un cónyuge o hijo ciudadano. Una vez firmados, esos derechos son extremadamente difíciles de recuperar.

Regla cuatro: en el trabajo, las reglas cambian un poco. ICE puede entrar al vestíbulo público de un negocio sin orden, pero no puede entrar a las áreas no públicas (oficina interior, cocina, cuarto de descanso de empleados) sin consentimiento de una persona autorizada para darlo, o una orden judicial. Los trabajadores en áreas no públicas pueden mantenerse en esas áreas y guardar silencio. Los empleadores deben designar por adelantado quién está autorizado para hablar con oficiales de inmigración y publicar la misma guía de Conozca Sus Derechos para los trabajadores.

Regla cinco: en un vehículo, las reglas cambian otra vez. La Patrulla Fronteriza tiene autoridad ampliada dentro de las 100 millas de la frontera internacional, lo cual cubre básicamente todo el Valle. En un puesto de revisión fijo, los agentes pueden preguntar sobre ciudadanía y pedir consentimiento para registrar; usted puede negarse a consentir un registro. En carretera, los agentes necesitan al menos sospecha razonable para detener su vehículo. Como conductor debe presentar licencia, registro y seguro; no tiene que contestar preguntas sobre dónde nació o cómo entró.

Construya su plan familiar ahora, antes de que pase nada. Anote en una sola hoja: el nombre y teléfono del abogado, el número de WhatsApp, el contacto de emergencia que recogerá a los hijos de la escuela, la ubicación de los documentos migratorios originales (no los deje en un vehículo) y un cuidador suplente designado para cualquier menor. Guarde dos copias: una en casa, otra con un familiar de confianza. Practique el plan con sus hijos una vez al año, igual que practica un simulacro de incendio.

Para familias de estatus mixto, hable con un abogado sobre una "Caregiver Authorization Affidavit" bajo la sección 34.001 del Código Familiar de Texas, que permite a un familiar autorizar atención médica y decisiones escolares para un niño si un padre es detenido. Para los bienes, un poder notarial duradero puede autorizar a una persona de confianza para acceder a una cuenta bancaria, pagar la renta y continuar con los gastos del hogar. Ninguno de estos documentos crea nuevo riesgo migratorio; sólo protegen a su familia en un día normal.

Qué hacer ahora: si su familia quiere ayuda para preparar un plan por escrito, o si alguien ha sido detenido o tuvo un encuentro reciente con la aplicación migratoria en el Sur de Texas, llame al (956) 317-1167, escriba al WhatsApp 24/7 al (956) 500-1371 o contáctenos en /contact. Las consultas son confidenciales. Estamos disponibles las 24 horas para asuntos urgentes de inmigración.

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